En los últimos tiempos, se ha hecho énfasis en la relación de la pobreza y el VIH y SIDA y se ha encontrado que, en los países más pobres, hay un mayor índice de personas viviendo con VIH y SIDA. Por ejemplo, en Norte América hay alrededor de 920,000 personas viviendo con el virus, sin embargo en Latinoamérica hay 1.4 millones. Es alarmante la propagación de la enfermedad en nuestros países donde, además, existen serios problemas de Salud Publica y una baja inversión en el gasto social. Este año sólo se invirtió en salud el 0.2 por ciento del PBI.
La situación del sistema de salud ha empeorado en los últimos años. Teniendo un servicio más que deficiente, se violentan constantemente los derechos humanos en todas sus vertientes. Algunas de estas deficiencias se concretan en la falta de condiciones para la atención en los proveedores de servicios públicos de salud, en los altos costos de los medicamentos con alzas hasta de un 300% y en unas autoridades Estatales que no regulan esta situación. Se ha sembrado la desesperanza y el aumento de la pobreza en nuestro país. Según ONUSIDA, la tasa de personas viviendo con VIH y SIDA es de un 2.8 por ciento. Asumiendo que la mayoría de las personas que tienen el VIH y SIDA es la población económica activa, lo que apunta a un aumento de la tasa de desempleo y un empobrecimiento de la población. Con una Reforma en puerta, que trae consigo una Ley de Seguridad Social, se promueve un servicio de salud con mayor calidad, equidad e integralidad, haciendo énfasis en la prevención y participación social. Pero, ¿qué es el Plan Básico de Salud? Se trata de un conjunto de servicios de atención y reconocimientos económicos a los que tienen derecho los y las afiliadas a los tres regímenes del sistema. Se hace énfasis en la prevención, que incluye información y educación, detección precoz, control y vigilancia epidemiológica de enfermedades sujetas a control estricto, como el VIH y SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual. El acceso a este servicio es a través de tres regímenes diseñados en función de los ingresos económicos de la familia. Por un lado, está el Contributivo, que abarca a empleados y empleadas con un ingreso igual o mayor al sueldo mínimo nacional cotizable. En este régimen, el aporte es de un 70 por ciento del costo cargado al empleador o a la empleadora y 30 por ciento al empleado o empleada. El Subsidiado incluye a las personas cuyos ingresos están por debajo del salario mínimo nacional cotizable o que no reportan ingresos, y será el Estado quien asumirá el costo total del servicio. El ContributivoSubsidiado abarca a la población del sector informal de la economía, que tenga un ingreso promedio igual o mayor al salario mínimo nacional cotizable. El costo de este servicio será responsabilidad del o de la beneficiaria y el Estado. En este sentido, aún no se ha definido la cuota que debe pagar cada parte. Es importante tomar en cuenta esta distribución ya que los usuarios y las usuarias del régimen contributivo tendrán el beneficio de elegir a la Administradora de Riesgos de Salud que presente un catalogo de Proveedores más ajustados a sus necesidades y a las de su familia. Los dos restantes regímenes no tendrán opción de elegir ya que ambos grupos serán atendido por el Seguro Nacional de Salud, violentando esta designación el principio de libre elección en que está basada la ley (8701). Si revisamos las ocupaciones más frecuentes de las mujeres encontramos que, en su mayoría, pertenecen a sectores de trabajo informal, sobre todo las que pertenecen a las zonas rurales. Esto significa que en el régimen subsidiado, la mayoría de la población beneficiaria estará compuesta por las mujeres más pobres, quienes tendrán un servicio que se proveerá con la red de Proveedores de Servicios de Salud (PSS) del Estado. Estudiando la cobertura del plan básico de salud y la realidad de pobreza de nuestro país, sobre todo en las mujeres, nos encontramos una cobertura limitada para el tratamiento de las enfermedades que se definen como de alto nivel de complejidad y costo. Preocupa los servicios de salud que se estarán ofertando a la población que no tiene cómo pagar otra cobertura, ya que es a lo único a lo que tendrán acceso en materia de salud, además de que no contemplan el tratamiento de las personas que viven con VIH y SIDA. El VIH y SIDA es una enfermedad que, por su naturaleza y los altos costo de tratamiento y el cuidado que ameritan las personas, influye drásticamente en el empobrecimiento de las familias. Las mujeres, dentro de esta dinámica, son las más afectadas. La abnegación femenina, que históricamente se ha impuesto en los patrones de conductas, provocan el descuido en el cuidado de la salud y la entrega a cuidar a los y las demás; así como la limitada destreza para negociar el uso del condón con la pareja que con frecuencia las exponen a una reinfección. El Plan Básico de Salud incluye los tratamientos con medicamentos antirretrovirales sólo en los casos de prevención de la transmisión vertical madre recién nacido. Esta visión sigue ubicando a las mujeres únicamente como objeto de transmisión; no como una persona con derechos a vivir en salud y también responsable del cuidado de sus hijos e hijas. La ley plantea otras opciones, a las cuales sólo tendrán acceso las personas que cuenten con los recursos necesarios, es decir, los planes complementarios y voluntarios. Los planes complementarios son una extensión del plan básico, donde el o la cliente tiene la opción de adquirirlo con su Administradora de Riesgos de Salud; y los Voluntarios, que es una modalidad parecida a la que tenemos en estos momentos, donde eliges la cobertura que desees y pagas para ello, este lo puedes adquirir con cualquier Administradora de Riesgos de Salud. En ambas modalidades, se pueden elegir con cobertura de enfermedades de alto nivel de complejidad y costo; si, y sólo si, no es una preexistencia (tiene la enfermedad antes de comprar el plan). Para concluir, la ley de Seguridad Social tendrá una tregua de 10 años. Con respecto al Plan Básico de Salud, que es la parte que interesa para este articulo, en ese periodo se deberán incluir la cobertura de una enfermedad de alto nivel de complejidad y costo cada año, hasta lograr la cobertura de la mayor cantidad de enfermedades de alto nivel de complejidad y costo. Nuestra responsabilidad como ciudadanos y ciudadanas, pero sobre todo como organizaciones que trabajamos el tema de VIH y SIDA, es velar porque se cumplan estos convenios. Esto podemos hacerlo a través de los mecanismos de participación que contempla la Ley General de Salud y la ley de Seguridad Social. (*) Maribel José Pérez: técnica de acción política de la Colectiva Mujer y Salud Vota por este artículo: Votar (0) >> ¿Qué es esto?
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