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Sorpresa en la audiencia de Bani |
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Por Mirta Rodriguez Calderon
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Crónica de lo ocurrido en la Sala de lo Criminal cuando un grupo de mujeres decidió acompañar a una congénere violentada, cuyo agresor será otra vez llevado a juicio el próximo 26 de febrero. Seguir estos procesos criminales y sus incidencias es un modo elocuente por el cual las periodistas y los periodistas podemos no sólo ofrecer un enfoque diferente a las noticias sino también popularizar el contenido de las leyes e incidir para que éstas se apliquen.


Las personas presentes en la Audiencia de Baní en la mañana del 10 de enero trataron de explicarse, y se preguntaron unas a otras, qué estaba pasando y por qué, cuando un grupo de unas 25 mujeres hicieron acto de presencia en la Sala de lo Criminal donde iba a ser juzgado Pastor Carvajal, un individuo que en mayo pasado disparó 3 balazos contra su ex compañera Esperanza Valdés Arias, quien ha quedado inutilizada de su brazo derecho, con una bala dentro de su cuerpo que todavía no ha sido ubicada, y que le provoca supuraciones en los senos y falta de aire.
La asistencia de las mujeres a la sala del juicio, una parte de ellas portando cartelones contra la violencia, y solidarizadas con Esperanza, constituyó una impactante expresión de lucha. Fue promovida por el Grupo de Abogacía por los Derechos de las Mujeres, e integrada por movilizadas desde Conamuca, Profamilia, Colectiva Mujer y Salud y su dependencia asistencial: CESIN, la Coordinadora de Mujeres y la Oficina Provincial de la Mujer en Peravia.
El desenlace de este caso se detuvo cuando el juez comprobó que faltaba una documentación en el expediente : un certificado médico suficientemente explícito de las consecuencias que para la señora tienen las lesiones sufridas.
Y este es otro aspecto al cual los y las periodistas que cubren fuentes judiciales pueden echar una mirada aguda: ¿ por qué son tan parcos los legistas y otros médicos a la hora de sustentar el certificado correspondiente luego de atender a una mujer violentada?, ¿habrá diferencia entre el documento emitido por una legista y un legista? Son aspectos para indagar y desvelar las contradicciones y las complicidades.
(En un orden de cosas tangencial argumenta Susi Pola desde estas mismas páginas al discurrir sobre lo que ocurrió en un caso de violación a menor).
La próxima vista del juicio será el 26 de febrero, en la propia Audiencia de Baní. El movimiento de mujeres está convocando, sobre todo a las personas preocupadas y justas que viven en esa ciudad para personarse en demanda de que el perpetrador reciba la sanción prevista en la ley 2497 y de que Esperanza Valdés sea indemnizada, una vez que ahora se ve impedida de trabajar.
El Procurador General de la República Dominicana ha sido enfático en sus disposiciones para el Ministerio Público en los casos de causales previstas en las leyes 2497 y 1494:
* Las víctimas tienen que ser escuchadas detenidamente * Las víctimas y sobrevivientes de violencia tienen derechos * Las víctimas de violencia tienen que ser protegidas * Queda terminantemente prohibido remitir a las víctimas de un lugar a otro: son personas pobres * En los casos de violencia de género es obligatoria la protección de la víctima * El incumplimiento dará lugar a la destitución del cargo
Tales medidas cautelares son también una guía de trabajo para los y las reporteras: ¿quiénes las cumplen y quiénes las violan y por qué ocurren unas cosas u otras?
Con relación al caso de Esperanza Valdés, el agresor ha estado presionando mediante familiares para "procurar un arreglo": léase, que ella retire la acusación, el crimen quede impune; y ella corra los riesgos derivados de la obstinación de un hombre que ha querido matarla.
Consultada al respecto la doctora Elisa Sánchez, Jefa del departamento de Familia y Menores de la Procuraduría General de la República , ratificó que "cuando no se actúa como dispone la ley, se produce un encubrimiento del agresor, mucho más cuando una Orden de Protección haya sido librada. Es esencial que la autoridad, las leyes y las instituciones se empleen para proteger a la ciudadanía, a las mujeres y a los niños, niñas y adolescentes. La prestigiosa y combativa magistrada subrayó que "cualquiera otra conducta es contraria a la Ley y tiene que ser considerada de acuerdo con esa misma ley y con las disposiciones que norman el ejercicio público". Vota por este artículo: Votar (0) >> ¿Qué es esto?
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Mirta Rodriguez Calderon |
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